TIPS SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL

TEMA DE INTERES

“GESTION DE CARTERA EN PROPIEDAD HORIZONTAL”

 

Editorial sobre Propiedad Horizontal en Colombia

Redactado por: Edgar Fernando Martínez Z.

 

Bogotá D.C., 12 Noviembre año 2005.

 

Para los Administradores, miembros del Consejo de Administración y Copropietarios de un Condominio de Vivienda, Conjunto ó Edificio Residencial y Centros Comerciales; es de gran preocupación la gestión que se adelante en sus propias Copropiedades, acerca de la cartera por cobrar por concepto de cuotas de sostenimiento; principal causa de preocupación, malestar y obstáculo para la gestión en la conservación, mantenimiento y prestación de servicios en la copropiedad; lo anterior teniendo en cuenta que en un 75% de la cartera en estos entes a nivel Nacional, se encuentra en proceso de recaudo a paso muy lento y lo anterior generando índices financieros preocupantes para el sector de la Propiedad Horizontal.

 

En un análisis general acerca del tema, se puede concluir que este fenómeno no está distante de la situación económica del País, sin embargo más a fondo es necesario analizar el entorno del sector de la Propiedad Horizontal; en el cual están involucrados una serie de actores como lo son; el sector de la Construcción, el Sector Inmobiliario y por supuesto el Sector Bancario a través del Sistema Financiero de Créditos para Vivienda; entre otros.

 

A partir de la puesta en marcha de la Ley 675 del año 2001 “Actual Régimen para la Propiedad Horizontal en Colombia”; se ha tomado el tema como un referente en la medición de la gestión de toda Administración; sin embargo es necesario retomar algunos aspectos como fundamentales para abordar la causa- efecto del fenómeno; entre los cuales tenemos:

 

  • La elaboración, formulación y aprobación por la Asamblea General Ordinaria de Propietarios del Presupuesto Mensual de Ingresos y Gastos para el período en la Copropiedad; Muchas veces desconociendo las necesidades reales de la Copropiedad, su situación financiera, la elaboración del presupuesto se debe realizar con base a lo establecido en la Normatividad.
  •  El análisis  ó no de la ejecución presupuestal del mismo durante el período del ejercicio; quién determinaría en un momento dado, sí se diseño diligentemente, ó se aprobó responsablemente por la Asamblea, el proyecto del presupuesto ó no fue asi.
  • La  revisión a los procedimientos aplicados para el recaudo de las cuotas de sostenimiento.
  • El Análisis a la gestión Administrativa y operativa desarrollada en pro de la Copropiedad, como mecanismo político que incentive el pago de las cuotas.
  • El seguimiento sistemático a los deudores y gestión para el recaudo de las cuotas.  

 

Teniendo en cuenta los anteriores planteamientos podemos determinar que cuando se presentan falencias en alguno(s) de ellos; por relación directa se presentará un incremento en la cuotas por cobrar, con las consecuencias presupuéstales, operativas, administrativas y de Inversión que afectarán a la Copropiedad.

 

Es importante tener en cuenta que otros factores que influyen, estos pueden ser:

 

  • Gestión y resultados de la Administración, en áreas como operativa, administrativa, normativa y de convivencia.
  • Política impartida por los órganos de dirección, en pro de la conservación y funcionabilidad y los servicios que ofrece la copropiedad a sus usuarios.
  • La responsabilidad compartida sobre el tema; entre propietarios, residentes y los órganos de Dirección, Administración y Control en la Copropiedad.
  • Diseño y funcionabilidad de la Copropiedad.

 

Y otros referentes externos  que afectan a los propietarios y residentes de una Copropiedad, tales como:

 

  • Situación económica y Social.
  • Crédito de Vivienda.
  • Costos de Servicios Públicos.
  • Cultura de no pago, por desconocimiento de las Normas que rigen a la Propiedad Horizontal.

Si desea más información sobre el tema, envie un correo a fermart72@yahoo.com

 

Espero su intereres y comentarios sobre este tema.

 

Atte:

 

FERNANDO MARTINEZ

ADMINISTRACION PROPIEDAD HORIZONTAL

Comentarios

gracias por su escrito, necesito su ayuda en lo que se refiere, a que si hay una ley que diga si es obligatorio en los edificios colocar rampas para personas discapacitadas, por ejemplo que uedan bajar sillas de rueda. Le agradecería mucho sus comentarios. Gracias.


gracias por su escrito, necesito su ayuda en lo que se refiere, a que si hay una ley que diga si es obligatorio en los edificios colocar rampas para personas discapacitadas, por ejemplo que uedan bajar sillas de rueda. Le agradecería mucho sus comentarios. Gracias.


Añadir un Comentario:



Inserta aquí el código de verificación que ves en la imagen.

Albergado en:blog.galeon.com Un servicio de HispaVista