QUE SE DEFINE COMO PROPIEDAD HORIZONTAL

TIPS SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL

 

REDACTADO POR EDGAR FERNANDO MARTINEZ

ADMINISTRACION PROPIEDAD HORIZONTAL & SERVICIOS.

FECHA 21 FEBRERO DE 2007.

PARA EL SITIO EN INTERNET

http://admonph.blog.galeon.com

 

FUENTES DE CONSULTA: LEY 16 DE 1985, PROPIEDAD HORIZONTAL TEORIA Y PRACTICA (CIRO PABON NUÑEZ).

 

QUE SIGNIFICA EL TERMINO PROPIEDAD HORIZONTAL?

 

Esta pregunta se la hacen muchos Propietarios, Residentes, arrendatarios y publico en general.

 

Para definir el termino "Propiedad Horizontal" debemos tener en cuenta que conforme el dogma de comunidad y su organización social debemos entender que esta forma de dominio de la propiedad y la vivienda esta basada en el derecho de propiedad inherente a cualquier ser humano y su busqueda en satisfacer la necesidad de Vivienda ò dominio sobre una propiedad raìz, organizada en un modelo urbanisitico definido. 

 

La propiedad horizontal se caracteriza por ser un modelo de construcciòn, edificación ó urbanización desarrollada en sentido vertical y los derechos de dominio se desarrollan sobre espacios horizontales de su respectiva unidad privada. Este concepto fue tenido en cuenta a mediados del siglo XX para definir el sistema de urbanismo y construcción de edificios y más tarde integrado a la conformaciòn de Conjuntos de Edificaciones en las cuales se comparten espacios comunes que permiten la movilidad, la seguridad y uso y goce, que se encuentra regulado en un Reglamento en el cual se indica la definicìón de las àreas de uso comun y los bienes de dominio particular que integran la Copropiedad.

 

La Propiedad Horizontal esta regida por un sistema jurídico que regula esta forma de dominio en el cual una persona ò más personas son titulares de derecho sobre un bien privado y comunero sobre los bienes y áreas de uso común. Igualmente la Propiedad Horizontal permite la coexistencia de forma armonica de Bienes Privdados y de àreas de uso comun en una misma edificación ò Conjunto de edificaciones;en el cual los copropietarios tienen dertecho a su uso y goce conforme sus caracterísitcas y normas, y los hace comuneros y solidarios en las expensas y contribuciones para su conservación, buen funcionamiento y seguridad entre otras.

 

Espero apreciados amigos que este concepto les sea de mucha utilidad.

 

Cualquier inquietud pueden comunicarla al siguiente correo electrónico

fermart72@yahoo.com  

Comentarios

Interesante concepto sobre el termino Propiedad Horizontal


Les agradeccería, si es factible, que me informen cuál es la entidad gubernamental que tiene en Colombia la resposabilidad de ofrecer orientación a los ciudadandos sobre los asuntos relacionados con el régimen de propiedad horizontal (Ley 715 de 2001): conformación de asambleas de copropietarios, establecimiento de cuotas ordinarios y extraordinarias, etc.

Cordialmente,

Miguel F. Godoy
corrreo electrónico miguelf_godoy.hotmail.com Teléfono 211 56 61


Le agradecería me instruyera si un pequeno edificio de 3 pisos con tres locales en el primer piso, y 4 pequenas ficinas en los pisos 2 y 3, como son de uso comercial exclusivamente, deben pagar cuota de mantenimiento para áreas comúnes, los arrendatarios.

gracias por su colaboración.

Amparo.


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